Para qué es la ayuda

Mejorar la empleabilidad y facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas desempleadas pertenecientes a colectivos que requieren una especial atención o alta protección, así como de las personas con discapacidad y aquellas otras que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad.

Plazo de presentación

Abierta hasta agotar fondos

Fondos

120.000.000€

Ámbito

Comunidad de Madrid

Ayuda máxima a recibir

10.000€

Órgano convocante

COMUNIDAD DE MADRID – CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Tipo de solicitante

Grandes empresas, Particular/Familias, Otras sin ánimo de lucro, PYMEs, Asociaciones o fundaciones, Autónomos.

Plazos que existen para la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Líneas

Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención. Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes. Línea 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes. Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes. Línea 5: Incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables. Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en itinerarios de inserción.

attached-img
Qué gastos o acciones me cubre

Gastos de salario y seguridad de los trabajadores contratados. Las contrataciones deberán reunir, con carácter general, los siguientes requisitos:

Obligaciones de los beneficiarios: Los beneficiarios deberán mantener la relación laboral y el alta en la Seguridad Social de la contratación subvencionada durante los siguientes períodos mínimos, a contar desde la fecha de alta de la persona contratada en la Seguridad Social:

Algo más que debes saber…

– Líneas 1, 5 y 6:

– Líneas 2, 3 y 4:

– Línea 3: las personas jóvenes contratadas deberán estar en posesión, en el momento de la formalización del contrato, de un título universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional.

– Línea 4: las personas jóvenes contratadas deberán carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo.


Contacta con nuestra gestoria en Torrejon de Ardoz. En Ruiz Teba asesoramos y notificamos a nuestros clientes sobre trámites y subvenciones de ámbito estatal, local y autonómico.