Llega el tercer trimestre del año con obligaciones fiscales para las empresas y autónomos. En concreto, mencionaremos una de las obligaciones fiscales que conciernen a las personas jurídicas societarias. Con fecha límite del próximo 20 de octubre se realiza el segundo pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2017, para el que deberemos tener en cuenta las siguientes consideraciones:
El plazo de presentación en los casos de domiciliación finaliza el día 15 de octubre.
Si tu empresa calcula los pagos fraccionados según el «método de cuota«, es posible que el importe a pagar en octubre no coincida con la cuantía ingresada en abril, puesto que los pagos fraccionados se cuantifican multiplicando por el 18% de la cuota íntegra del último periodo impositivo vencido, minorada en las deducciones y bonificaciones de aplicación y en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a dicho periodo impositivo, es decir, el importe que figure en la casilla 599 del último modelo 200 presentado.
Por tanto, la última declaración presentada en octubre ya es la del año 2016 (que se presentó en julio), mientras que la última declaración presentada en el mes de abril era la del año 2015.
si necesitas ayuda para gestionar tus obligaciones fiscales en este tercer trimestre, llámanos y estaremos encantados de atenderte, trabajamos en Coslada, Torrejón de Ardoz, Madrid y alrededores, pero también en otras comunidades autónomas. Te esperamos!
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