CUALES SON LAS CONSECUENCIAS DE PRESENTAR LAS DECLARACIONES TRIMESTRALES DE IVA FUERA DE PLAZO TE LAS CONTAMOS

Hoy es el último día del plazo para realizar la tercera declaración trimestral del IVA. Pues bien, os contamos qué ocurre si se nos pasa el plazo por desconocimiento, descuido o falta de fondos para afrontarlo.

Recargos por declaración y pago voluntarios del IVA fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda

Para cualquier obligación tributaria que tenga plazo, la presentación fuera de dicho plazo conlleva la imposición de penalizaciones y de sanciones. Si lo presentamos sin previa exigencia de Hacienda, bien en las oficinas de la AEAT o bien de forma telemática, conlleva la aplicación de recargos extemporáneos, es decir, prestaciones accesorias que deben satisfacer los obligados tributarios como consecuencia de la presentación de autoliquidaciones o declaraciones fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria

El recargo aplicado varía en función del tiempo transcurrido entre el último día de plazo para la presentación y la declaración voluntaria extemporánea.

Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa dentro de los tres, seis o 12 meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación e ingreso, el recargo será del 5%, 10% ó 15%, respectivamente. Dicho recargo se calculará sobre el importe a ingresar resultante de las autoliquidaciones o sobre el importe de la liquidación derivado de las declaraciones extemporáneas y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse.

Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 20 por ciento y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse.

En este supuesto, además, Hacienda aplica también intereses de demora que se calcularán por el periodo desde el término de los doce meses hasta la presentación voluntaria de la autoliquidación.

Todos los recargos extemporáneos antedichos son susceptibles de reducirse en un 25% si se pagan en los plazos que posteriormente notificará Hacienda.

Procedimiento de apremio: pago forzoso del IVA fuera de tiempo

En caso de que no hayas hecho frente al pago del impuesto en plazo y Hacienda requiera el cumplimiento de dicha obligación, se iniciará un procedimiento de apremio por el cual se te aplicará un recargo ejecutivo por no haber ingresado la deuda tributaria en los plazos establecidos, además de las sanciones correspondientes. La clave está en si pagas antes de que llegue la providencia de apremio reclamando la presentación y pago del impuesto o si se hace después de recibirla.

Los recargos del período ejecutivo son, por tanto, de tres tipos, son incompatibles entre sí y se calculan sobre la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario:

El recargo ejecutivo será del cinco por ciento y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.

El recargo de apremio reducido será del 10 por ciento y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto en el apartado 5 del artículo 62 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas, esto es, se recibe la notificación y se ingresa en el periodo que la propia notificación de Hacienda marca.

El recargo de apremio ordinario será del 20 por ciento y será aplicable cuando no concurran las circunstancias antedichas, en definitiva, cuando se recibe el requerimiento de Hacienda y aun así, se incumple nuevamente el plazo concedido para el pago extemporáneo concedido por Hacienda.

El recargo de apremio ordinario es compatible con los intereses de demora. Cuando resulte exigible el recargo ejecutivo o el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo.

Retrasarte en la declaración y el pago del IVA conlleva una serie de penalizaciones que siempre es mejor impedir con una buena planificación fiscal, te ayudamos, ponte en contacto con nosotros! Feliz fin de semana!

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