El Gobierno lanzó a finales de 2022 una batería de medidas fiscales entre las que se encuentra la reducción del tipo nominal del 25% al 23% en el Impuesto de Sociedades para las pymes que cumplan determinados requisitos.
Si bien es cierto que la medida está dirigida a reducir la carga impositiva de las pymes durante 2023, lo cierto es que el Impuesto de Sociedades se presenta, al igual que la declaración de la RENTA, en el ejercicio/año posterior. Por lo tanto, las empresas beneficiarias de esta medida notarán esta reducción en su impuesto de sociedades cuando presenten la declaración anual, entre el 1 y el 25 de julio de 2024.
¿Qué negocios podrán acceder a la rebaja al 23% en el Impuesto de Sociedades?
La rebaja de dos puntos porcentuales que anunció el Gobierno para las pymes a finales de 2022 se aplica sobre el tipo nominal, que hasta ahora era igual para todos los negocios. Sin embargo, las pymes normalmente tienen más dificultades para acceder a la mayoría de incentivos fiscales de los que sí se benefician las grandes empresas, por lo que en comparación siempre acaban pagando más.
Para ser beneficiarios de esta medida, los negocios deberán cumplir dos requisitos:
- Haber facturado menos de 1 millón de euros.
Tendrán que haber obtenido «una cifra de negocios inferior al millón de euros», es decir unos ingresos o facturación inferior a este límite. En ningún momento se está hablando de rendimientos netos (es decir, de beneficios), sino de facturación.
- Haber tenido una base imponible positiva.
Para poder aplicarse la bajada de dos puntos, del 25% al 23% del tipo nominal, el autónomo societario o la empresa tendrá además que haber tenido en 2023 una base imponible positiva.