¿Os surgen dudas y no sabéis cómo confeccionar el modelo 347 (la declaración anual de operaciones con terceras personas)?
Si durante el año 2017 vuestra empresa ha realizado operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros en su conjunto (IVA incluido), a lo largo del mes de febrero hay que realizar una declaración informativa, mediante el modelo 347:
- No se incluyen en esta declaración las operaciones de las cuales Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones.
- Sí se incluyen las operaciones en las que, aunque no se repercuta IVA, exista obligación de expedir factura (siempre y cuando superen los 3.005,06 euros).
La información se suministra desglosada trimestralmente, excepto la relativa:
- A las cantidades percibidas en metálico, que se comunican en términos anuales.
- A las cantidades declaradas por los sujetos pasivos que realicen operaciones a las que sea de aplicación el régimen especial del criterio de caja de la Ley del IVA y las entidades a las que sea de aplicación la Ley de Propiedad Horizontal.
- A las cantidades declaradas por los sujetos pasivos que sean destinatarios de las operaciones incluidas en el régimen especial del criterio de caja.
¿Cómo se declaran las operaciones en las que posteriormente existan devoluciones, descuentos, bonificaciones o modificación de la base imponible? Estas circunstancias modificativas deberán se reflejarán en el trimestre natural en que se hayan producido las mismas, siempre que el resultado de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros.
Si tenéis dudas, como siempre, no dudéis en poneros en contacto con nosotros!